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Que es PROTECOM?
Mediante el artículo 121 de la Ley General de Electricidad No.125-01 se crea la Oficina de Protección al Consumidor, la cual tendrá como función atender y dirimir sobre los reclamos de los consumidores de servicio público frente a las facturaciones , mala calidad de los servicios o cualquier queja motivada por excesos o actuaciones indebidas de las empresas distribuidoras de electricidad. Esta oficina estará bajo la supervisión de la Superintendencia de Electricidad y funcionará en cada municipio del país. |
Funciones de PROTECOM
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Regular y coordinar las acciones comunes a los Usuarios de Servicio Público y las Empresas de Distribución en las consultas y reclamaciones, mediante el establecimiento de mecanismos, procedimientos, responsabilidades y pautas generales de actuación.
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Velar por el cumplimiento de: (I) los procedimientos para la recepción, tramitación e información al Usuario de Servicio Público de consultas y reclamaciones, (II) el establecimiento de infraestructura y equipamiento mínimos para la atención al Usuario de Servicio Público, mediante resolución SIE, y (III) que la información sea tramitada a la SIE con carácter regular.
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Orientar o asistir a cualquier Usuario de Servicio Público en la presentación de una consulta o reclamación.
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Intervenir en la fiscalización del proceso de reclamación en primera instancia, en casos de incumplimiento o violación a la Ley o su Reglamento.
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Conocer en segunda instancia las reclamaciones efectuadas por los Usuarios de Servicio Público a las Empresas de Distribución.
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